Última Liberación de Fondos detracción del año- Primeros días de octubre
El Sistema de Detracciones tiene como finalidad generar fondos para el pago de las deudas tributarias y de las costas y gastos, que correspondan a sujetos que vendan o presten alguno o varios de los bienes o servicios sujetos al mismo. Para estos efectos, la generación de los mencionados fondos se realiza a través de los depósitos que deberán efectuar los adquirentes o usuarios de los citados bienes y servicios, en las cuentas bancarias que para tal efecto, se han abierto en el Banco de la Nación.
En ese sentido, si los montos depositados en las cuentas no se agotaran luego que hubieran sido destinados al pago de las deudas antes señaladas, serán considerados de libre disponibilidad (devolución para el titular, proceso que implica para esta persona, disponer de dichos fondos sin limitación alguna.)
Los criterios que debes tener en cuenta:
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Los montos depositados en la cuenta detracción que no se agoten durante tres (3) meses consecutivos como mínimo anterior a la solicitud.
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La solicitud puede realizarse hasta 4 veces al año (procedimiento general)
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Es indispensable no tener deuda tributaria exigible(ni orden de pago ni cobranza coactiva)
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Contar con RUC activo y habido y
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Registro de Ventas e Ingresos Electrónico y/o el Registro de Compras Electrónico, haber cumplido con generar los indicados registros y llevarlos de acuerdo con los requisitos, formas, plazos, condiciones y demás aspectos señalados por la SUNAT,

¿Cómo se solicita la liberación?
El trámite se realiza vía SUNAT Operaciones en Línea – Formulario Virtual 1697 Solicitud de liberación de fondos. Completar la información y esperar resolución de sunat.
¿Cuánto tiempo tiene SUNAT para evaluar la solicitud?
La Administración tiene 30 días hábiles de realizada la solicitud.
Una correcta gestión de las detracciones no solo es cumplir con SUNAT, sino optimizar recursos (liquidez) .
Fuente: https://orientacion.sunat.gob.pe/3148-02-procedimientos-liberacion-de-fondos-empresas
