Decreto Legislativo N° 1716: ¿Qué cambia en la Ley Penal Tributaria?
El 4 de febrero de 2026 se publicó el Decreto Legislativo N° 1716, mediante el cual se modifica la Ley Penal Tributaria.
La finalidad de la norma es clara: actualizar los delitos tributarios al entorno digital y cerrar vacíos legales vinculados al uso indebido del sistema de detracciones (SPOT).
1. Se incorpora expresamente la emisión electrónica dentro de los delitos tributarios
Antes de esta modificación, la Ley Penal Tributaria regulaba conductas vinculadas a comprobantes de pago; sin embargo, el texto no estaba plenamente alineado con el esquema actual de facturación electrónica obligatoria.
El Decreto Legislativo N° 1716 modifica el artículo 5-A para establecer que será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 2 ni mayor de 5 años, y con 180 a 365 días-multa, quien a sabiendas proporcione información falsa con ocasión de la inscripción o modificación de datos en el Registro Único de Contribuyentes, con la finalidad de quedar habilitado para realizar trámites vinculados a la emisión electrónica de comprobantes de pago, guías de remisión, notas de crédito o débito, u obtener autorización de impresión de dichos documentos.
¿Por qué se hace esto?
Porque en la práctica se detectaron esquemas en los que se consignaban datos falsos en el RUC para:
- Emitir comprobantes electrónicos sin sustento real.
- Simular operaciones.
- Sustentar crédito fiscal inexistente.
- Generar cadenas de facturación fraudulenta.
La modificación cierra ese vacío y alinea la tipificación penal con la realidad digital del sistema tributario.
2. Se crea un nuevo delito vinculado al SPOT (detracciones)
Se incorpora el artículo 5-E, que sanciona con pena privativa de libertad no menor de 5 ni mayor de 8 años, y con 180 a 365 días-multa:
- A quien, estando obligado a efectuar el depósito respecto de operaciones sujetas al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias, falsifique o adultere la constancia que acredita dicho depósito, con la finalidad de sustentar el traslado de bienes.
- A quien presente ante el órgano administrador del tributo constancias falsas o adulteradas para acreditar el depósito correspondiente y sustentar el traslado de bienes.
Este nuevo tipo penal sanciona expresamente la falsificación o adulteración de constancias del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT).
¿Qué problema busca corregir?
En el sistema de detracciones, el depósito constituye un requisito para sustentar el traslado de bienes y acreditar el cumplimiento de obligaciones vinculadas a determinadas operaciones. Se detectaron modalidades en las que se falsificaban constancias o se alteraban montos para simular el cumplimiento del depósito.
Antes no existía un tipo penal específico para esta conducta. Ahora sí, con una sanción considerablemente más severa.
3. ¿Qué significa esto en términos prácticos?
El Decreto Legislativo 1716 no crea nuevos tributos ni nuevas obligaciones operativas.
Su alcance es penal y responde a la necesidad de:
- Adecuar la Ley Penal Tributaria al entorno digital.
- Penalizar esquemas de facturación electrónica fraudulenta.
- Tipificar expresamente la falsificación de constancias del SPOT.
- Reforzar la respuesta frente a mecanismos estructurados de fraude tributario.
El foco no está en errores formales del contribuyente, sino en conductas dolosas orientadas a estructurar fraude utilizando herramientas digitales.
Conclusión
El Decreto Legislativo N.° 1716 moderniza la Ley Penal Tributaria y la alinea con la facturación electrónica obligatoria y el sistema de detracciones, incorporando conductas que antes no estaban tipificadas de manera expresa.
Se trata de una norma con lógica preventiva y represiva frente a nuevas modalidades de fraude tributario digital.
