Ticket POS – El nuevo comprobante electrónico

El 7 de junio de 2017, a través de la Resolución de Superintendencia Nro 141-2017/SUNAT, se aprobó un nuevo tipo de comprobante de pago denominado ticket POS, el cual entra en vigencia a partir del 1 de agosto de 2017.

Esto básicamente atendiendo a lo siguiente:

  • Al aumento en el uso de tarjetas de crédito y/o débito por parte de las personas naturales como medio de pago de los bienes y servicios que adquieren y utilizan.
  • A que cada vez más establecimientos comerciales aceptan dichos medios de pago.
  • A que el canal a través del cual se accede al servicio de pago lo constituyen los terminales de punto de venta (Point of Sale Terminals – POS).

El uso del ticket POS permitirá principalmente reducir el tiempo empleado en la operación comercial así como el gasto en la impresión de comprobantes de pago impresos y/o importados por imprentas autorizadas, al juntar dos procesos:

  1. El pago por el bien adquirido o servicio utilizado, y
  2. la emisión del comprobante de pago que acredita la venta del bien o prestación del servicio.

¿Quienes pueden emitir el ticket POS?

Las empresas pueden obtener la calidad de emisor electrónico del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) – Consumidor Final (CF), por elección, siempre que cumpla con las siguientes condiciones:

  1. Encontrarse acogido al Nuevo RUS. También pueden acogerse los sujetos pertenecientes a cualquier otro régimen tributario del Impuesto a la Renta en la medida que tenga como actividad principal o secundaria registrada en el RUC:
  • Restaurantes, bares y cantinas.
  • Actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas.
  1. No tener la condición de no habido.
  2. No encontrarse en estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción.

El trámite se realiza a través del portal de SUNAT – Operaciones en línea.

Cuándo se emite el ticket POS

El ticket POS es emitido en la venta de bienes o prestación de servicios al adquirente o usuario, cuando el pago se efectúe mediante tarjetas de crédito, débito y/o en efectivo.

El ticket POS se emite cuando:

  • Se reciba la conformidad de la operación por parte del proveedor de servicios electrónicos – CF.
  • Al efectuarse el pago por la venta de bienes o prestación del servicio mediante tarjeta de crédito y/o débito.

Envío a la SUNAT del ticket POS

El proveedor de servicios electrónicos – CF debe remitir a la SUNAT un ejemplar del ticket POS dentro del plazo máximo de siete días calendario contados a partir del día siguiente a la fecha de emisión consignada en el referido comprobante de pago.

Los Ticket-POS anulados el mismo día de su emisión se sustentarán en el documento de anulación emitido por el equipo POS. De anularse en un día diferente, se expedirá una nota de crédito impresa (formato impreso por imprentas autorizadas) o electrónica (mediante el SEE-SOL).