El impacto de la pandemia del COVID19 en la formulación de los estados financieros de 2020 – PARTE VI

Deterioro de activos financieros

Como habrán podido apreciar me ha tomado más tiempo publicar comentarios respecto de los temas que la Gerencia debe considerar respecto de sus instrumentos financieros en la coyuntura del COVID 19. Esto porque son precisamente los instrumentos financieros los que mayor impacto sufrirían en términos de pérdida de valor en esta coyuntura.

Por esto los comentarios que publiquemos sobre instrumentos financieros los presentaremos en este y en dos artículos adicionales. En este artículo revisaremos lo que establece la NIIF 9 “Instrumentos financieros” (NIIF 9) respecto del deterioro de activos financieros.

Situación vigente

La NIIF 9 incorpora requerimientos más exigentes que los que planteó la NIC 39 “Instrumentos financieros” para determinar las pérdidas por deterioro de instrumentos financieros. Si recordamos, la NIC 39 exigía que se evaluara el deterioro de un instrumento financiero en el momento en que se produjera un evento de pérdida, es decir, un evento posterior al reconocimiento inicial del instrumento que originara que se incremente el riesgo de que la entidad recupere la totalidad de los flujos de efectivo a los que tiene derecho. La NIIF 9 ahora requiere que el mismo modelo de deterioro se aplique a todos los siguientes activos financieros [NIIF 9 párrafo 5.5.1] que se indican a continuación:

a) Activos financieros medidos a costo amortizado;

b) Activos financieros medidos obligatoriamente a valor razonable con cambios en otros resultados integrales (FVTOCI, por sus siglas en inglés);

c) Compromisos de préstamo cuando existe la obligación de extender el crédito (excepto cuando se midan a valor razonable con cambios en resultados);

La evaluación de deterioro que rige la NIIF 9 es prospectiva. La NIIF 9 ofrece tres enfoques a estos efectos, i) el enfoque general, ii) el enfoque simplificado para ciertas cuentas por cobrar, contratos respecto de activos y cuentas por cobrar que surgen de arrendamientos, y iii) el enfoque específico para activos financieros adquiridos u originados en condición de deteriorados.

Enfoque general

El enfoque general de deterioro contempla tres escenarios:

Escenario 1 Escenario 2 Escenario 3
Motivo Reconocimiento inicial Incremento significativo del riesgo de crédito Crédito deteriorado
Pérdidas crediticias esperadas (horizonte de pérdidas esperadas) 12 meses Vida del instrumento Vida del instrumento
Tasa efectiva de interés (TEI) TEI aplicado al valor bruto en libros TEI aplicado al valor bruto en libros TEI aplicado al costo amortizado (valor bruto en libros menos pérdidas por deterioro)

Algunos denominan a este enfoque como el de los tres baldes (three buckets).

Enfoque simplificado

Con el objeto de simplificar la tarea de determinación de pérdidas por deterioro de instrumentos de crédito a las entidades que carecen de sistemas de administración del riesgo de crédito confiables, la NIIF 9 ofrece un enfoque por el que la entidad no está obligada a hacer el seguimiento de los cambios en los riesgos de crédito de sus activos financieros. El requerimiento de este enfoque se concentra en que las pérdidas crediticias esperadas se determinan desde el reconocimiento inicial del activo en el horizonte de su vida esperada. Sin embargo, es necesario tener presente que este enfoque sólo aplica a cuentas por cobrar comerciales o a activos resultantes de transacciones dentro del alcance de la NIIF 15 que no contengan componentes financieros significativos.

Enfoque específico para activos financieros adquiridos u originados en condición de deteriorados

La NIIF 9 ofrece un enfoque específico para activos financieros adquiridos u originados en condición de deteriorados. En estos casos la entidad, en el momento del reconocimiento inicial del activo, sólo toma en cuenta (reconoce) los cambios acumulados en la pérdida crediticia esperada en la vida del instrumento. Activos financieros adquiridos u originados en condición de deteriorados conceptualmente corresponden a activos deteriorados crediticiamente.

Activo financiero de crédito deteriorado

En virtud de la NIIF 9, un activo financiero de crédito se deteriora cuando uno o más eventos han ocurrido y tienen un impacto significativo en los futuros flujos de efectivo esperados del activo financiero. Incluye datos observables que surgen de los siguientes eventos y que el beneficiario del instrumento ha observado [NIIF 9 Apéndice A]

  • dificultad financiera significativa del emisor o de su prestatario;
  • resolución de contrato, como por ejemplo un incumplimiento de pago o cuentas vencida;
  • los prestamistas por razones económicas o contractuales relacionadas con la dificultad financiera del prestatario le otorgan una concesión que de otro modo no se consideraría;
  • se hace probable que el prestatario entre en bancarrota u otro tipo de reorganización financiera;
  • la desaparición de un mercado activo para el activo financiero debido a dificultades financieras; o
  • la compra o emisión de un activo financiero que incorpore un descuento importante que es el reflejo de pérdidas crediticias incurridas.
Estimación de las pérdidas crediticias esperadas

Cualquier medición de pérdidas crediticias esperadas conforme la NIIF 9 deberá reflejar un monto desprejuiciado y ponderado probabilísticamente que se determinará de la evaluación de un rango de posibles resultados y tomando en consideración el valor del dinero en el tiempo. Además, al medir las pérdidas crediticias esperadas. la entidad deberá considerar información razonable y de sustento de eventos pasados, condiciones vigentes y proyecciones razonables y compatibles de las futuras condiciones económicas [NIIF 9 párrafo 5.5.17].

Conforme la NIIF 9 las pérdidas crediticias esperadas corresponden al promedio ponderado que surge de las pérdidas de crédito esperadas y del riesgo de ocurrencia de incumplimiento [NIIF 9 Apéndice A]. Si bien una entidad no necesita considerar todos los escenarios posibles, debe evaluar el riesgo o la probabilidad de que se produzca o no se produzca una pérdida crediticia, incluso si la probabilidad de que se produzca la pérdida crediticia se considera baja. [NIIF 9 párrafo 5.5.18]

En particular, para las pérdidas esperadas en la vida de un instrumento, la entidad está obligada a estimar el riesgo de que se produzca un incumplimiento. Las pérdidas de crédito esperadas en 12 meses representan los montos de efectivo que se dejarían de cobrar en un horizonte de 12 meses posteriores a la fecha de los estados financieros, ponderados por la probabilidad de que se produzca el incumplimiento.

Se requiere que una entidad incorpore información razonable y justificable en su estimación (es decir, la que esté razonablemente disponible a la fecha de los estados financieros). La información está razonablemente disponible si la obtención no implica un costo o esfuerzo indebido.

Para reflejar el valor del dinero en el tiempo, las pérdidas de crédito esperadas se deben descontar a la fecha de los estados financieros utilizando la tasa efectiva de interés del activo que se determinó en la fecha de su reconocimiento inicial. En cambio, se debe utilizar una “tasa efectiva de interés ajustada por el riesgo de crédito» para reconocer el efecto de las pérdidas crediticias esperadas de activos financieros comprados o emitidos deteriorados.  A diferencia de la «tasa de interés efectiva» (calculada utilizando flujos de efectivo esperados que ignoran las pérdidas crediticias esperadas), la tasa de interés efectiva ajustada por el riesgo de crédito refleja las pérdidas crediticias esperadas del activo financiero. [NIIF 9 párrafos B5.5.44-45]

Pérdidas crediticias esperadas en la coyuntura del COVID19

Como anticipamos en artículos anteriores, se empiezan a ver cada vez más casos de incumplimiento en el pago de derechos de crédito y se observa que las entidades financieras vienen ofreciendo a sus clientes, entre otros, períodos de gracia libres de intereses. Si bien se observa deterioro en los activos financieros de crédito, lo cierto es que, al 31 de marzo de 2020, la pandemia aún no muestre el total de sus efectos en la cadena de pagos y en la morosidad, montos de las cuentas cobrables e incobrables.

Así las cosas, conforme se observen con mayor claridad los efectos de la pandemia sobre los instrumentos financieros de crédito su impacto total se irá percibiendo con mayor exactitud. Cuando esto comience a ser más evidente, la entidad tendrá que reevaluar el incumplimiento de sus clientes y prestatarios en el pago puntual de sus obligaciones y si se ha producido un incremento significativo en el riesgo de crédito en la coyuntura del COVID19 que obligue el traslado de montos del escenario 1 a los escenarios 2 o 3 (en el enfoque general)[i]. La Gerencia deberá evaluar, entre otros, si los beneficios que haya otorgado a sus clientes y prestatarios de por sí son evidencia conducente a la conclusión de que es necesario el traslado. La evaluación y la decisión final pueden ser difíciles en el caso de muchas empresas, ya que la Gerencia tendrá que identificar los activos que se deban trasladar a las Fases 2 o 3 en un contexto en el que no contará con información histórica de un evento similar que ocurriera en el pasado.

Modificaciones contractuales

La NIIF 9 ofrece guías para determinar si una modificación a los términos contractuales de un pasivo financiero es sustancial (es decir que se debe dar de baja). La NIIF 9 requiere que se comparen los flujos de efectivo antes y después de la modificación, descontados a la tasa de interés efectiva del contrato original (la prueba de 10 %). Si la diferencia entre los dos flujos de efectivo descontados es mayor a 10% se requiera la baja del pasivo.

Sin embargo, en el caso de los activos financieros, la NIIF 9 no se pronuncia explícitamente en qué circunstancias una modificación a los términos originales del contrato da lugar o no a su baja. Sin embargo, el CINIIF alerta que la aplicación aislada del «10%» no siempre es apropiada porque se podrían producir incoherencias con los requisitos de deterioro. En este contexto consideramos que la Gerencia es la llamada a definir, si no lo ha hecho aún, en qué circunstancias se produce la baja de un activo financiero.

Todo lo anterior es relevante porque si la modificación en los términos de un contrato de activo o de pasivo financiero no se requiere su baja, la tasa de interés efectiva original del contrato se usa para reconocer los efectos de la modificación. La diferencia entre los flujos antes y después de la modificación se ajusta contra resultados.

Conclusión

El trabajo que requerirá llevar a cabo la Gerencia y sus departamentos de créditos y cobranzas en la preparación de sus estados financieros de 2020 requerirán de mucho esfuerzo para cumplir con los requerimientos de la NIIF 9 respecto del deterioro de los activos financieros. La magnitud del efecto de la pandemia en otras cuentas de los estados financieros que hemos desarrollado dependerá del rubro o industria al que se dedique la entidad. Sin embargo, en nuestro concepto, el impacto sobre el deterioro de los instrumentos de crédito, sin duda afectará a las empresas independientemente de la industria a la que pertenezcan.

LUIS W. MONTERO


[i] Declaraciones de la Autoridad Reguladora Prudencial (PRA por sus siglas en inglés de fechas 20 y 26 de marzo de 2020) incluido en el Artículo titulado “COVID-19 & IFRS 9 Expected Credit Loss | Practical implications of the PRA’s guidance on loss estimation” de Deloitte.